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Lunes, Febrero 24, 2025

CÁMARA APRUEBA RETIRAR 10% DESDE AFP Y PROYECTO AVANZA AL SENADO

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Este miércoles se votó en la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados el proyecto de reforma constitucional que permite retirar un 10% de los fondos de las AFP, para paliar la crisis económica provocada por el coronavirus.

Discusión y posterior votación

Cabe señalar que la jornada del martes comenzó la discusión de la iniciativa, sin embargo, este proceso se postergó para la presente jornada que comenzó a las 10:00 de la mañana.

Una vez terminada la discusión, cerca de las 14:00 horas, se procederá a la votación en particular del proyecto que permite el retiro excepcional de los fondos de capitalización individual en las condiciones que indica, y mandata la creación de un Fondo de Ahorro Colectivo.

Para ser aprobado, se necesitaba el voto conforme de las tres quintas partes de los diputados en ejercicio, es decir, 93 a favor. Además, se otorgaron tres minutos a cada diputado para el debate.

¿En qué consiste el proyecto?

El proyecto contempla la posibilidad de que los afiliados retiren hasta el 10% de los fondos acumulados en sus cuentas individuales, estableciendo, además, un monto máximo de retiro de 150 UF (unos $4.303.458) y un piso mínimo de 35 UF (cerca de $1.004.140).

En paralelo, si el 10% de los fondos acumulados son inferiores a las 35 UF, el afiliado podrá sacar hasta dicho monto, mientras que si su ahorro no supera las 35 UF, el cotizante podrá retirar la totalidad de su saldo.

¿Quiénes podrían acceder al retiro de dinero?

El proyecto Cámara no establece tramos ni distinciones entre los cotizantes que podrían acceder al retiro de fondos, por tanto, todo aquel que tenga dinero en su cuenta de capitalización individual podría hacer efectivo su derecho.

Esto, eso sí, manteniendo los márgenes de monto mínimo y máximo de retiro por parte de los afiliados.

¿Cómo se devolvería el dinero?

En cuanto a la restitución de los fondos, el texto propone la creación de un Fondo Colectivo Solidario de Pensiones, el cual se financiará mediante aportes de empleadores y del Estado, financiamiento progresivo de los complementos de pensiones que se necesiten tras los retiros de los afiliados.

En este sentido, encarga al Presidente de la República, a través de un proyecto de ley, proponer al Congreso la forma y el financiamiento de este fondo colectivo, el cual sería administrado por una entidad pública y autónoma.

¿Cómo operará este fondo?

Respecto a la función de este fondo, el proyecto señala que procederá “al momento de la jubilación del afiliado a complementar la pensión en la forma que señale la ley respectiva con el objeto de que el retiro de fondos que autoriza esta reforma constitucional no afecte el derecho a la seguridad social establecido por esta Constitución”.

En paralelo, el texto señala que la entidad a cargo de administrar el Fondo Colectivo Solidario de Pensiones será también encargada de “velar porque las inversiones que se hagan con cargo a esos recursos sean realizadas promoviendo la sostenibilidad económica, social y medioambiental del Estado”.

Indicaciones aprobadas

Cabe señalar, que durante su análisis en la Comisión de Constitución de la Cámara se aprobaron dos indicaciones:

Retiro será pagado de forma íntegra

Una de ellas, tiene que ver con que el fondo retirado, no constituirán renta o remuneración para ningún efecto legal y, por lo tanto, serán pagados de forma íntegra y no estarán afectos a comisiones por parte de las Administradoras de Fondos de Pensiones.

Cambio de nombre del proyecto

Otra indicación aprobada fue el cambio de nombre de la iniciativa a “Proyecto de reforma constitucional que permite el retiro excepcional de los fondos de capitalización individual en las condiciones que indica, y mandata la creación de un Fondo de Ahorro Colectivo”.

 

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