El autor del proyecto valoró este avance como un acto de justicia con los territorios.
En un nuevo paso para frenar el robo sistemático de cobre y otros minerales, el Senado ha aprobado en primer trámite un proyecto de ley que modifica el Código Penal, estableciendo sanciones más severas para quienes sustraigan, transporten o comercialicen minerales y sus subproductos. El senador Esteban Velásquez (FRVS), autor de la iniciativa, valoró el avance como “un acto de justicia con el norte productivo de Chile”.
El proyecto introduce un nuevo en el Título Noveno del Código Penal, creando el delito específico de sustracción de minerales, el que será sancionado con penas aumentadas en un grado respecto de los delitos de robo y hurto comunes, además de multas que van de 100 a 200 unidades tributarias mensuales (UTM). También se establece el comiso obligatorio de vehículos, armas, herramientas o instrumentos utilizados en el delito.

Asimismo, se considerará delito la tenencia injustificada de minerales en las formas mencionadas, con agravantes si el objetivo es su fundición o refundición. El uso de guías, certificados o formularios falsos para facilitar la comercialización será penado con presidio menor en su grado medio a máximo.
El proyecto también incorpora la sustracción de minerales al catálogo de delitos que pueden ser sancionados con mayor severidad por afectar redes de servicios públicos, incluyendo ahora expresamente las telecomunicaciones, transporte ferroviario y tecnologías de la información.
Al respecto, el senador por la región de Antofagasta afirmó que “como representante de una región donde efectivamente se ha exacerbado este tipo de delitos, pues el robo de cobre era apenas considerado, así como en robo simple, hurto o receptación, por lo tanto, no era concebido con la importancia que tiene. Hoy estas penas se han agravado en la Comisión de Seguridad, donde ha habido una discusión más acabada del proyecto, tiene sanciones mayores, y también nos hemos dado cuenta que este no es cualquier producto, y, por lo tanto, el interés en él es un acto delincuencial bastante bien organizado o derechamente es el crimen organizado”.
“Nadie roba el material de cobre en sus diversas manifestaciones para tenerlo en su casa depositado, guardado, etc. Sino que, porque hay una red del transporte de este metal, probablemente, para ser exportado, y porque también hemos encontrado vínculos después del trabajo de las policías y el Ministerio Público, de ejecutivos y trabajadores de planta de las empresas, en complicidad con estas bandas ya bastante organizadas”.
Asimismo, Velásquez recalcó que “nos parece bien que se hayan incorporado técnicas de investigación, que vienen a ser un complemento a todas las reformas que hemos aprobado en los últimos años. Esto habla bien de como se ha tratado un proyecto que si bien no afecta a todo el país, si lo hace a ciertas regiones donde ha provocado grandes daños y, por lo tanto, no solo ha perjudicado a las empresas públicas y privadas del cobre, sino que también a otras empresas de transporte y, por cierto, la vida de trabajadores”, concluyó.
Con esta legislación, Chile se alinea con los estándares internacionales en materia de persecución penal al tráfico ilegal de metales, particularmente en un contexto donde el cobre es altamente demandado en el mercado global y vulnerable a redes delictivas organizadas.